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Mater Admirabilis

La voluntad de procrear


En el primer tomo de su libro sobre Los Mitos Griegos, Robert Graves interpreta el mito del nacimiento de Afrodita, la Diosa del Deseo: “Afrodita («nacida de la espuma») es la misma diosa de extenso gobierno que surgió del Caos…”. Ese deseo vinculado a la Diosa puede tener múltiples manifestaciones: el deseo sexual, el deseo de ser, el deseo de amar y también; el deseo de procrear. Este último ha recorrido una larga trayectoria y no pocos debates en Argentina. En este artículo sus autor*s recorren esa trayectoria por medio de algunos hitos clave.


Por María Luisa Peralta* y Marcelo Ernesto Ferreyra**


Desde los inicios de su fundación, la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) atribuía un valor estratégico fundamental a dar la cara y manifestar su verdad públicamente. En un volante que dedica específicamente a ese tema dice: – “El darse a conocer es una de las cosas más difíciles que haremos en nuestra vida, no resultará siempre bien, pero es una experiencia liberadora ya que tenemos a la verdad como aliada. Nuestra visibilidad nos ha acercado más a la protección de nuestros derechos humanos, el derecho a trabajar, a vivir donde sea, el derecho a amar a quién sea, a vivir genuinamente, a decir la verdad y a vivir sin miedo en un país donde el ejercicio de la liberad es parte de nuestra responsabilidad” [1]. Por esa razón una de las primeras acciones que Carlos Jáuregui toma como presidente de la CHA es dar la cara en la tapa de la revista 7 Días en 1984. Pero esa no fue la primera vez que alguien manifiesta su sexualidad tan abiertamente en un medio público nacional. Mucho antes que esa aparición, aun antes de la creación del grupo Nuestro Mundo en 1967[2], de la revuelta de Stonewall y de que integrantes del Frente de Liberación Homosexual (FLH) dieran la cara en la revista ASI en 1973[3], mucho antes de todo aquello, quien surge públicamente y da a conocer su verdad es Mariela Muñoz. En agosto de 1965 en un artículo de la revista EXTRA titulado “200.000 homosexuales”, que incluía un apartado bajo el título El homosexual que dio la cara podemos ver a una muy joven Mariela que a través del filtro de opiniones de sexólogos, psicólogos y otros profesionales nos cuenta su verdad y expresa su profundo deseo: Quiero casarme y tener hijos, como cualquier otra.


Revista Extra No. 2, Agosto de 1965. Fondo Marcelo Ernesto Ferreyra. Programa de Memorias Políticas Feministas y Sexogenéricas, CeDInCI.

Casi tres décadas después, para consternación del movimiento LGTT local, una serie de noticias vincula en dos casos distintos a travestis con la apropiación y venta ilegal de bebés, generando alarma y una imagen bastante negativa para la sociedad. En abril de 1993 el diario La Nación titula: "un travesti habría sido el secuestrador de la recién nacida en el hospital Santojanni", presunción que al mes siguiente, al resolverse el caso, quedó fuera de lugar. El 20 de mayo de ese año, titulares en varios diarios hablan de "un transexual y su pareja detenidos en Villa Elisa por tener como propios a tres niños". Los artículos, influenciados por las hipótesis del caso anterior, también afirman que una nena y niños mellizos fueron comprados y que estaban a punto de ser vendidos en Chile.


De todo ese caos de trascendidos, noticias mal fundadas, prejuicios y suposiciones dadas por hechos resurge Mariela Muñoz y toda la historia se transforma. Mariela aparece como quien realmente es. Los titulares ahora dicen "Transexual clama piedad", "No me arranquen los niños; son parte de mí ser", "Los mellizos lloran y quieren volver con su mamá Mariela". Vecinos y comerciantes de la zona dan testimonio de su integridad. Los mismos comisarios responsables de su custodia y no pocos integrantes de la policía bonaerense, superados por la situación que se produce a partir de las verdades del caso de Mariela, se ven obligados a dejar de lado sus primeras afirmaciones que vinculaban en forma violenta y prejuiciosa a travestis con el robo de bebés y realizan las siguientes manifestaciones públicas: Todos los involucrados en el caso sostienen que los mellizos y la beba fueron cedidos gratuitamente y no hubo ninguna compra o robo”. El comisario a cargo de la custodia de las criaturas declaró ante el diario Crónica del 22 de mayo de 1993: la crianza de los tres menores fue excelente y se probó que en todo momento hubo actos de amor por parte de la pareja hacia las criaturas”; “Las madres biológicas de las criaturas no las dejaron abandonadas en cualquier parte, sino que prefirieron entregarlas a esta pareja, que se encargó del cuidado"[4].


Por más de dos semanas, Mariela fue foco de las noticias en periódicos, revistas, programas de radio y televisión, que iban día a día revelando detalles del caso, de su verdadera historia y de su amor maternal incondicional e irrenunciable.


Detalle de la tapa del diario Crónica del 21 de mayo de 1993. Fondo Marcelo Ernesto Ferreyra. Programa de Memorias Políticas Feministas y Sexogenéricas, CeDInCI

El avance de la historia mantiene perplejos e indecisos a los operadores de justicia, mientras Mariela clama a Dios, a la iglesia y a los jueces para poder reunirse con las criaturas, sin preocuparse siquiera por su propia libertad. Lxs pobladorxs de la localidad de Ezpeleta, donde Mariela se crió, y vivió hasta la adolescencia, no dudaron un instante en apoyar su difícil situación, organizando una manifestación popular para reclamar su liberación, que finalmente se concretó el 27 de mayo de 1993. En el momento de su liberación la espera amorosamente Ema Quiroga, una mujer de unos 40 años que la reconoce como su madre, pues Mariela le había brindado protección en el pasado. A ella se suman Mercedes Rodríguez, de 26 años, que había sido criada por Mariela desde los 4; Rosa Rodríguez, de 28, que había llegado a la casa de Mariela a los 6 y José Enrique Sánchez, de 31, quienes también consideraban a Mariela como su madre. Entre todxs tienen 14 hijxs quienes, dadas las circunstancias se consideran nietxs de crianza de Mariela. La propia Mariela cuenta al periodista del diario Clarín del 27 de mayo de 1993:


“Hace un tiempo, me hice cargo de un adolescente que no tenía a donde ir y que era inválido. Un chico ejemplar al que dediqué muchas horas de mi vida y cuidé como si hubiera sido su madre. Con los años, ya hombre, se alejó para hacer su vida. Ese hombre fue uno de los primeros que se llegó hasta la Brigada, días pasados, para darme su apoyo. Y en todo momento me dijo “mamá. ¿Qué más puedo pedir?”.


El día antes de su liberación, los 15 hijxs que Mariela había criado, todxs ellxs mayores de edad y encarriladxs en la vida, habían hecho una presentación ante el juzgado. El escrito decía:


“Mariela nos crió, nos dio la oportunidad de aspirar (y lograr) una vida mejor. Nos dio todo y no nos pidió nada. ¿Qué es una transexual? Es cierto, pero ello más que un delito es un mérito. Un gran mérito. Quiso ser mujer y se comportó mejor que otras a las que Dios las hizo hembras y madres potenciales y no supieron comportarse como tales (…)”.


Esa mirada de juicio negativo sobre las mujeres que no pudieron o no quisieron criar a lxs bebés que tuvieron, era muy propia de la época. Si bien fue exacerbada por las personas que quisieron defender a Mariela, demuestra un pensamiento generalizado en la sociedad profundamente machista, que ponía la mirada sobre esas mujeres como si hubieran tenido un deber de criar, hablando de un instinto maternal (que estaría desnaturalizado en su caso), no poniendo jamás la mirada sobre los hombres que también estaban involucrados en esos embarazos y que podrían haberse hecho cargo de la crianza. No se hablaba tampoco de la posibilidad o no que habían tenido esas mujeres de acceder a un aborto, ni siquiera uno inseguro, en casos en que no hubieran querido continuar con esos embarazos. Las voces que defendían públicamente el derecho al aborto eran muy minoritarias y ni siquiera se conceptualizaban a nivel social general derechos reproductivos como el número y espaciamiento de embarazos o la violencia de género, incluyendo la violación marital.


En la medida en que la verdad de la historia salió a la luz, organizaciones LGT acompañaron y avalaron a Mariela en sus reclamos, primero lo hizo Transexuales por el Derecho a la Vida y a la Identidad (TRANSDEVI) y luego otras. Apenas liberada Mariela inició con la guía de su abogada una estrategia que contemplaba una visita a sus niñxs, que a esa altura estaban en un instituto de menores de la provincia. Ese sería el primer paso de un objetivo ulterior de obtener la guarda provisoria y definitiva de lxs pequeñxs. Un mes y medio después el juez autorizó visitas semanales en el juzgado. Sin embargo, a inicios de noviembre de 1993, luego de que uno de los mellizos se aferrara fuertemente a Mariela pidiendo quedarse con ella, el juez le prohibió las visitas. Mariela nunca se rindió a pesar de que jamás lxs recuperó. En años posteriores Mariela convirtió su hogar en refugio transitorio para huérfanos y madres sin techo. Todo el caso dejó al descubierto lo inadecuado, por prejuiciosa y autoritaria, de la legislación nacional para hacer frente a los diversos aspectos que lo constituían: el futuro de las criaturas, la verdadera identidad de Mariela, la auténtica base de los vínculos filiatorios, etc.


Visita de Mariela Muñoz a la sede de GaysDC, en Paraná 157, luego de ser liberada de su detención. En la foto, de izquierda a derercha: Marcelo Ernesto Ferreyra de GaysDC, Karina Urbina de Transdevi (Transexuales por el Derecho a la Vida y a la Identidad), Mariela Muñoz y Patricia Gauna de MOTA (Mujeres Operadas Transexuales Argentinas). Mayo de 1993. Foto: Fondo Marcelo Ernesto Ferreyra. Programa de Memorias Políticas Feministas y Sexogenéricas, CeDInCI.

El desarrollo de la saga dio lugar a numerosas reflexiones sobre cuáles son los verdaderos valores de la maternidad. En el diario Crónica del 22 de mayo de 1993 un título al margen razonaba:


“Vocación de Madre vs. Madre Biológica” y en el cuerpo de la nota argumentaba: “¿Quién es auténticamente madre, la mujer que da a luz a una criatura y la abandona o la que se hace cargo del bebé y lo cría? Está muy claro que ser madre no termina con el parto, más bien empieza en ese momento. En muchos casos, dar a luz una criatura constituye un mero accidente. Entregar amor, paciencia y comprensión es posible sólo si se tiene una vocación de madre muy profunda, como la tuvo y tiene –según parece- Mariela Elcira Muñoz”.


En Página 12 del 26 de mayo bajo el título “Las maternidades atípicas” se enuncia “Mientras Mariela Muñoz espera su excarcelación, en Londres le fue otorgada la tenencia de una nena a dos lesbianas”.


Entre los debates del momento se cita la afirmación del antropólogo Guillermo Magrassi refiriéndose al concepto de familia:


“Una definición operativa de familia debe tener en cuenta más sus aspectos funcionales que estructurales. Porque una familia es tal si incluye: seguridad (de alimentación, vestimenta, vivienda, agresiones), libertad y creatividad (posibilidad de efectuar modificaciones e innovaciones), límites (u orientaciones a esa misma libertad) y afecto (amor, cariño, “franela”). Si ello existe hay familia; si ello no existe, no hay familia, por más que existan padre, madre, hermanos o lo que fuera, genitores, sustitutos, “ausentes” o como se quiera. No todos nacimos o nos criamos en una familia estructural, pero todos pudimos y debimos poder hacerlo en una familia funcional”.


Como se ve, al igual que en los juicios sobre las mujeres que “abandonan” a sus hijxs, en esta consideración de Magrassi, aunque bienintencionada, aparece en la cuestión de la seguridad una carga potencialmente culpabilizadora sobre los individuos que conformaron esa familia, como si la capacidad de proveer alimentación, vestimenta y vivienda siempre fuera una cuestión de disposiciones éticas individuales y no estuvieran condicionadas por un contexto social y económico que muchas veces imposibilita que madres, padres, abuelxs y otrxs puedan proveer esas necesidades básicas a lxs niñxs que crían. Además de esa falta de contextualización socioeconómica, el desarrollo de un pensamiento amplio de derechos humanos todavía estaba instalándose en la sociedad argentina.


El debate evolucionó rápidamente a la posibilidad de que una pareja gay o de lesbianas puedan criar y/o adoptar hijxs, una práctica que de hecho se venía dando de diversas formas pero que a partir del caso de Mariela sale a la luz de la conciencia social dejando en evidencia el verdadero valor del deseo de procrear. Por supuesto, lesbianas y gays venían criando niñxs desde siempre, pero en una opresiva clandestinidad. La mayoría de estas personas habían tenido a sus hijxs en relaciones heterosexuales, por lo general habiéndose casado. Algunas de estas personas descubrieron o cambiaron su orientación sexual en algún momento de su matrimonio y por eso se separaron, para otras fue algo posterior a la separación y para otras, sobre todo para muchas lesbianas, su orientación sexual era clara antes de casarse, pero el deseo de tener hijxs era demasiado fuerte para dejarlo de lado. No es que fueran hipócritas ni manipuladoras: las condiciones legales, sociales y tecnológicas no dejaban casi otra posibilidad para esas lesbianas que querían tener hijxs, sobre todo para las que querían embarazarse. Los divorcios se daban en las peores condiciones: cuando los hombres sabían que las mujeres que querían divorciarse de ellos eran lesbianas, su orgullo macho herido tomaba represalias: muchas terminaron aceptando condiciones económicas muy desfavorables porque los ex maridos amenazaban con revelar en sede judicial su lesbianismo, lo que podía conducir a que les quitaran a sus hijxs. En otros casos no había amenaza explícita de los ex maridos, pero sí pesaba sobre estas lesbianas el terror de perder el contacto con sus hijxs, sabiendo que muchos juzgados de familia suscribían líneas de pensamiento conservadoras y lesbofóbicas, en muchos casos ligados a la Iglesia Católica.


Testimonios de lesbianas con hijxs gestados en matrimonios heterosexuales aparecen en No soy un bombero, pero tampoco ando en puntillas, de Alejandra Sardá y Silvana Hernando, que compila historias de vida de lesbianas nacidas en Argentina entre 1914 y 1943. En las historias se menciona esta realidad desde la década del ’60, como tema que surgía a veces en alguno de los grupos de concienciación feminista. Más adelante, entre 1995 y 2001, estas situaciones aparecen con todo tipo de matices y particularidades en los grupos de reflexión de Lesbianas a la Vista, con muchas todavía temiendo perder el contacto con sus hijxs.


Tapa del libro "No soy un bombero pero tampoco ando con puntillas", de Alejandra Sardá y Silvana Hernando. Editorial Bomberos y Puntillas, 2001, Toronto, Canadá.

Por otro lado, cierta cantidad de lesbianas y gays habían logrado adoptar niñxs, pero ocultando su orientación sexual en las numerosas instancias de evaluación y filtro previo. Algunxs no tenían pareja, otrxs sí, pero siempre las adopciones eran como personas solteras, generando vínculo legal con uno de los padres o de las madres, porque más allá de los prejuicios de los operadores del sistema de adopciones, estaba el gran escollo de la cristalización legal de la discriminación: la adopción conjunta era permitida sólo para personas casadas (tampoco se permitía para heterosexuales no casados) y el matrimonio sólo se permitía entre personas heterosexuales. En las clases más populares, donde las circunstancias hacen que muchas veces haya resoluciones fácticas, muchas personas LGTB habían tenido lxs llamadxs “hijxs de crianza”, tal como Mariela Muñoz. Sin embargo, ella fue la que puso su cara, su cuerpo, su historia ante la máquina mediática y jurídica. De una gran cantidad de estos casos se empezó a saber mucho después, de forma retrospectiva.


Catedráticos desde diversos ámbitos se dedican a estudiar en profundidad el tema de personas gays, lesbianas, travestis y transexuales y sus deseos de maternidad y paternidad. Durante el X Congreso Internacional de Derecho de Familia “El Derecho de Familia y los Nuevos Paradigmas”, celebrado en Mendoza entre el 10 y el 24 de noviembre de 1998, la Dra. Adriana M. Wagmaister, Profesora Titular de Derecho de Familia y Sucesiones de las Universidades de Buenos Aires y de La Plata y Profesora Adjunta en la Universidad de Belgrano y el Dr. Jorge M. Bekerman, Profesor Titular de Derecho Informático de la Universidad Notarial Argentina y Profesor de la Carrera de Postgrado de la Universidad de Buenos Aires presentan su ponencia “Niños criados por parejas homosexuales: caracterización socio-jurídica de ese contexto. Hacia una construcción de la relación coparento-filial para que el derecho adopte a esos niños”.


Artículo en el periódico Página 12. 13 de noviembre de 2004. Fondo Marcelo Reiseman del Programa de Memorias Políticas Feministas y Sexogenéricas, CeDInCI.

En el año 2004, la CHA publicó el libro: «Adopción – la caída del prejuicio». El libro era una compilación de ensayos de distintos autores, todos ellos profesionales de prestigio, mayoritariamente del campo de la psicología y especialistas en el abordaje de los temas de la infancia, niñez y adolescencia quienes unánimemente y con sólidos argumentos científicos y datos estadísticos planteaban que no existe impedimento alguno para que la legislación avanzara en reconocer el derecho a la adopción por parte de parejas del mismo sexo en el marco de una Ley Nacional de Unión Civil. En su última sesión de ese mismo año, el Senado de la Nación aprobó por unanimidad un proyecto de la senadora Diana Conti por el cual se declaraba a esa publicación de interés legislativo. Ese énfasis en la adopción era característico de la agenda gay sobre el tema de parentalidad y familias, y no había mayores discusiones dentro del ambiente gay: algunos querían adoptar, otros no, pero no había ataques cruzados sobre el tema. Entre las lesbianas, el panorama era muy distinto.


Desde mediados de los noventa, el debate en torno a las maternidades lésbicas se había agitado mucho, porque comenzaban a estar más accesibles en el país las tecnologías reproductivas. Accesibles en términos de profesionales que las manejaban con solvencia, aunque prácticamente todxs estaban en la ciudad de Buenos Aires y los procedimientos eran muy caros, sin ninguna cobertura por parte de las obras sociales. El debate se había distorsionado un poco, porque en 1997 se anunció el nacimiento de la oveja Dolly, un animal clonado, y entonces mucho de la discusión se desvió hacia el un poco fantasioso tema de la clonación humana: nunca se concretó, pero en esos momentos se agitaban temores como si estuviera a la vuelta de la esquina.


Los debates sobre los deseos de maternidad de las lesbianas y el uso de tecnologías reproductivas (incluida la clonación) se daban en los grupos militantes, en los talleres de los ENM, en revistas y boletines lésbicos, como Têt-a-têt, y feministas, como Feminaria. Las posiciones más duras las tenían las separatistas, que utilizaban muchos de los argumentos que ya habían usado antes las separatistas norteamericanas, que estuvieron frente a la posibilidad del uso de estas tecnologías varios años antes. La enorme mayoría de las feministas, lesbianas y heterosexuales, sólo podía ver a las tecnologías reproductivas como un “encarnizamiento terapéutico” al que las mujeres se sometían para cumplir el mandato patriarcal de maternidad. No había lugar para el agenciamiento, ni para pensar en una resignificación, ni para pensar cuáles eran los mandatos que caían sobre las lesbianas. Sigue siendo una discusión dentro del feminismo.


Tapa de la revista Têt -a- tEt, año 2, No 4. Octubre de 1997. Archivo María Luisa Peralta.

Como no estaba regulada pero tampoco prohibida, muchxs médicxs individuales y centros empezaron a ofrecer cada vez más la fertilización asistida para las lesbianas y para las mujeres solas (al principio, los centros lo ofrecían sólo a parejas heterosexuales casadas). Al principio fue difícil, pero ya desde 2000-2001 hubo parejas de lesbianas que se presentaron abiertamente como tales en los consultorios de fertilidad. No había ningún tipo de amparo legal: los consentimientos informados seguían hablando de un hombre y una mujer, lxs hijxs no se podían inscribir en el registro civil con dos madres, no había ninguna regulación ni ninguna cobertura de los costos de los procedimientos. A pesar de todo, el número de lesbianas solas o en pareja que se convertía en madres a través de embarazos fue creciendo. Para 2009, la organización Lesmadres estimaba de manera informal que ya había unas trescientas familias formadas por lesbianas (prácticamente todas en la ciudad de Buenos Aires y el conurbano).


De todas formas, el tema de la adopción fue uno de los puntos álgidos en las discusiones en torno a la aprobación del proyecto de Ley de Matrimonio Igualitario en 2010. Los sectores reaccionarios agitaban fantasmas sobre qué pasaría con niñxs criadxs por lesbianas o por gays, sin “una mamá y un papá”. Contaron con una gran ayuda de la Iglesia Católica y con organizaciones españolas antiderechos ligadas a la misma iglesia. En ese punto del debate, fue clave la irrupción de las lesbianas que ya eran madres a través de fertilización asistida de ellas o de sus parejas. Fueron varios los testimonios que con relatos de la vida real respondían la pregunta de qué les pasaría a esxs niñxs.


En 2013 se sancionó la Ley 26.862 de Reproducción Humana Médicamente Asistida (conocida coloquialmente como ley de fertilización asistida). Esta ley considera a la fertilización asistida como parte del derecho humano a la salud, un paso necesario para garantizar el derecho constitucional a formar familia de todas las personas sin discriminación hacia mujeres solteras y parejas y matrimonios de lesbianas y mujeres bisexuales y sin excluir a personas gays y trans. Desde los años ’90, diversas organizaciones de personas heterosexuales con dificultades de fertilidad venían trabajando para que las prestaciones de fertilización asistida fueran incluidas dentro del plan médico obligatorio (prestaciones que tiene que garantizar el sector público, las obras sociales y las empresas de medicina prepaga). Sin embargo, al menos durante algunos años, su estrategia fue buscar que se declarara a la infertilidad como enfermedad. La ley de fertilidad, sin embargo, es despatologizante por intervención del activismo lésbico. Para las lesbianas, un diagnóstico de infertilidad como requisito para acceder a las tecnologías reproductivas habría sido una barrera. La Fulana, Lesmadres, Cien por ciento diversidad y derechos y activistas independientes sentaron las bases y las conversaciones para lograr una ley que no pone barreras de acceso: no es necesario un diagnóstico de infertilidad, no es necesario estar casadx, tampoco es necesario ser una pareja, no hay condicionamiento por orientación sexual o identidad de género. Prevé la posibilidad de preservación de gametas antes de iniciar procesos hormonales o quirúrgicos ligados a la identidad de género. Reglamentaciones posteriores determinaron algunas cuestiones de su aplicación más allá del acceso, no siempre en el mejor interés de lxs usuarixs.


María Luisa Peralta junto a su hijo en una fotografía publicada en la entrevista que le realizó Bruno Bimbi el 23 de agosto de 2009: “Nuestros hijos ya existen y la ley los discrimina”, diario Crítica.

Sin embargo, esta ley representó un avance enorme en el plano legal y también simbólico en cuanto a la maternidad y paternidad de las personas LGTB. En 2015, dos años después entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, que consagra la voluntad procreacional como fuente de filiación en los casos en que se haya recurrido a tecnologías de reproducción humana médicamente asistida. La mayoría de las situaciones de maternidad y paternidad de personas LGTB quedaron incluidas en este nuevo código, además de que se permite la adopción conjunta para personas no casadas y sin limitarla a determinada orientación sexual o identidad de género. Algunas situaciones, sin embargo, no quedaron incluidas: las familias multiparentales o con filiaciones múltiples, los casos de parejas no casadas que hacen inseminación casera y la gestación por sustitución. Además, aparecen todavía dificultades en la inscripción registral de algunxs niñxs por tecnicismos en relación a alguna de las condiciones expresas en ese Código. Es de esperar que resulte claro que el espíritu no puede ser el cercenar derechos sino el de ampliarlos, y que el Código Civil y Comercial refleja la mayoría de situaciones presentes en el momento de su redacción, siendo evidente que tiene que haber interpretaciones dinámicas y un rol activo del Estado en resolver todas las situaciones que no fueron incluidas o las variaciones en las condiciones impuestas que van apareciendo de la mano de la masificación del recurso a las tecnologías reproductivas.


Si bien la gestación por sustitución o maternidad subrogada es una técnica de reproducción humana asistida, el aspecto legal que contemple el rol de la gestante y su vínculo aquellas personas con voluntad procreacional durante el procedimiento no quedo incluido en aquella ley. A esto se suma que el Código Civil y Comercial Nacional en su Artículo 562 bajo el título de voluntad procreacional afirma que:


“Los nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que también ha prestado su consentimiento previo, informado y libre en los términos de los artículos 560 y 561, debidamente inscripto en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, con independencia de quién haya aportado los gametos”.


Por estas razones, quienes requieren el uso de la gestación por sustitución se ven obligadxs a recurrir a la justicia para que sus derechos humanos a fundar una familia no sean vulnerados. Varios fallos judiciales se han pronunciado sobre la inconstitucionalidad del artículo 562 afirmando además que atenta contra la voluntad procreacional, vulnerando el principio de igualdad y no discriminación.


En 2017 una pareja del mismo sexo, padres de mellizos nacidos por esta técnica en Argentina recurrieron a la Defensoría LGBT de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, el Instituto contra la Discriminación de la institución y la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) para inscribir a sus niños, acompañados por la mujer gestante quien manifestó su deseo de emplazarlos como padres y no ser inscripta como madre. La Defensoría y la FALGBT presentaron un amparo ante la Justicia para solicitar que se inscriba a los mellizos respetando el derecho a la identidad de los niños, la voluntad procreacional de los papás y la decisión de la mujer gestante. También requirieron que se reconozca el mismo derecho a todxs los niños y niñas nacidas a través de esta técnica de reproducción humana asistida.


El fallo de 2017 -firmado por el juez Carlos Balbín y las juezas Fabiana Schafrik de Núñez y Mariana Díaz, de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario- ordenó al Registro Civil:


“que inscriba provisionalmente a los niños y niñas nacidos/as por técnicas de reproducción humana asistida de alta complejidad realizados en el país, denominados de gestación solidaria, a favor de los comitentes con voluntad procreacional, conforme el consentimiento previo, libre e informado expresado por éstos, y sin emplazar como progenitora a la gestante que expresó previa y fehacientemente no tener voluntad procreacional”.


Gracias a esa acción, hoy quienes nacen por la técnica de gestación solidaria realizada en Argentina pueden inscribirse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconociendo el vínculo filiatorio con aquellas personas con voluntad procreacional, sin emplazar como madre a la persona gestante y sin necesidad de presentar una nueva demanda judicial para cada uno de los casos. Sin embargo, y a pesar del gran avance logrado en este caso, las circunstancias que hoy día afrontan las distintas personas que unen sus voluntades para llevar adelante el proceso de gestación solidaria hacen evidente la necesidad de regularla. Esa sería la única forma de proteger a todas las personas involucradas, desde el momento que al día de hoy son cada vez más las clínicas que están realizando el procedimiento en el país.


Por un lado, los padres o madres que guiados por su voluntad procreacional requieren el ejercicio de sus derechos, y para quienes una regulación debería también establecer responsabilidades. Por otro lado, la persona gestante debe ser protegida de abusos e injusticias; sobre todo en el caso en que el vínculo de confianza, que se supone que debería ser la base de todo acuerdo de gestación solidaria, se deteriore o no exista. En esas circunstancias y ante una ausencia de regulación adecuada, dados los contextos económicos y sociales en los que suele llevarse a cabo este ejercicio terminan dominando las condiciones de desigualdad en las que las mujeres gestantes pueden acordar y condicionan su capacidad de decidir al participar en los acuerdos de gestación subrogada. Además, suele hacerse una distinción en la llamada gestación por sustitución altruista, donde la gestante es amiga o miembro de la familia de lxs madre/padres que solicitan la práctica y a la que se supone menos conflictiva que cuando las partes son desconocidas entre sí. En estos contextos familiares también es indispensable una regulación para proteger a todas las partes, porque aunque las condiciones socioeconómicas de lxs participantes sean menos desiguales, no se puede tener una mirada ingenua sobre la familia y las tensiones y desequilibrios de poder que se dan en su interior, especialmente en sociedades aún muy patriarcales como la argentina. Y lo que no es menor, la correcta regulación fundamentalmente garantiza el interés superior del niño o la niña que nace, al reconocer su identidad y su vínculo filiatorio con quienes desde un principio le concibieron para ser queridx y educadx aún sin haberlx parido.


Por todas estas razones es deber y responsabilidad del Estado ofrecer protecciones a las partes, vigilar las condiciones de consentimiento de los contratos, y asegurar que la actuación de clínicas y agencias sean regulados legalmente en concordancia con la normativa internacional en derechos humanos.




*Activista lesbiana. Tiene un hijo en comaternidad gestado por fertilización asistida. Entre muchos otros grupos lgtb, fue una de las fundadoras y miembros de Lesmadres y actualmente es una de las fundadoras y miembros de Antinatural - Lesbianas por la justicia reproductiva. También es parte de Sexo y Revolución - Programa de memorias políticas feministas y sexogenéricas, del Cedinci - UNSAM.


**Arquitecto de profesión y activista feminista defensor de los Derechos Sexuales y los Derechos Reproductivos desde 1987, primero integrando la Comunidad Homosexual Argentina y luego GaysDC, y más tarde en Latinoamérica y el Caribe, siendo en ese contexto miembro Fundador at Coalición de Organizaciones LGBTTTI con trabajo en la OEA. Actualmente es miembro de Synergia Initiative for Human Rights, también es miembro de la Colectiva Asesora de Sexo y Revolución, Programa de memorias políticas feministas y sexo-genéricas de CeDInCI/UNSAM.


[1] Volante Comunidad Homosexual Argentina: “Darse a conocer” – 1988.


[2] La primera organización de América Latina fundada en 1967 por Héctor Anabitarte y Luis Troitiño.


[3] Se trata de una entrevista concedida por tres integrantes del Grupo Eros del FLH, Néstor Perlongher, Fuad Zahra y Ernesto Kesureras (que eligió para la ocasión el seudónimo Manuel), donde aparecen en varias fotografías tomadas en la redacción de ASÍ.


[4] Es necesario destacar que esta situación se produce en medio a uno de los peores momentos del accionar de las fuerzas policiales en todo el país en contra de la comunidad travesti, entre las cuales cabe recordar los asesinatos y persecuciones en la ruta Panamericana, edictos policiales, maltrato, extorsiones, violencia sexual entre muchas otras violaciones a los derechos humanos.

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Cómo citar este artículo:

Peralta, María Luisa y Ferreyra, Marcelo Ernesto. Mater Admirabilis. La voluntad de procrear.

Moléculas Malucas, agosto 2020.




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